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Guía definitiva para pasar de Autónomo a Sociedad Limitada

Pasos imprescindibles: Alta Censal en Hacienda con el modelo 037, en Seguridad Social, en el Registro Mercantil y el pago del Impuesto de Actividades Económicas

Si eres autónomo, tu negocio crece, y quieres convertir tu forma jurídica en una Sociedad Limitada, te damos los 5 tips que todo autónomo necesita saber para comenzar este procedimiento. En este caso tan importante es la forma jurídica como el orden de actuación. 

· Darte de baja de la RETA

El primer paso lógico a dar es solicitar la baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Recuerda que la baja se hace efectiva desde el día 1 del mes siguiente al que se solicita. Este trámite se puede tramitar online con certificado digital o en persona en las oficinas. Si pinchas aquí accederás de manera directa.

· Darte de alta en el IAE

Aquí también debes mirar el calendario, porque ha de ser previo al inicio de la actividad; tienes que darte de alta en el Censo de Obligaciones Tributarias de Hacienda antes de la emisión o recepción de cualquier factura o encargo a nombre de la sociedad. Para el registro, se entregarán en Hacienda el modelo 036, que podrás confeccionarlo con certificado digital o con clave pin, incluso pidiendo cita previa en hacienda.

Registrarse en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), es obligatorio para todas las S.L., excepto las dedicadas a actividades agrícolas, las ganaderas dependientes, las forestales y pesqueras. Registrarse es totalmente independiente de la obligación al pago del Impuesto sobre Actividades Económicas y debe presentar las declaraciones del IAE.

· Los seguros sociales

Aquí llega el momento de dar de alta en la Seguridad Social a todos los administradores y socios de la nueva sociedad, para que coticen y puedan realizar sus tareas conforme a la derecho. Según su papel en la empresa, deberán registrarse como  autónomos o trabajadores del régimen general. Los socios con más de un tercio del capital de la empresa, los directores y gerentes, se inscriben en el RETA. Existe un plazo de 30 días naturales desde que la empresa inicia su actividad para darse de alta como autónomo, y el para el resto de los miembros de la empresa, para darse de alta en el régimen general existe un plazo de 60 días naturales anteriores a la relación laboral.

· Contrata una asesoría de confianza

Otro aspecto fundamental a tener en cuenta en caso de pasar de autónomo a SL tiene que ver con el modo de llevar las cuentas. Y es que, las sociedades están obligadas a contar, al menos, con un libro de actas, un del registro de socios, un listado de acciones nominativas; así como el Libro registro de contratos entre el socio único y la sociedad.

Por otra parte, deben registrar por escrito todos los acuerdos tomados por las Juntas generales y especiales y los demás órganos colegiados de la sociedad; deben contar con un recopilatorio de las participaciones de los asociados y otro, independiente, de los contratos realizados por la empresa. Todo ello debe registrarse en el Registro mercantil, de manera presencial o vía telemática, 4 meses antes del cierre del ejercicio.

No es obligatorio, ni mucho menos la contratación de una gestoría pero, lo que si es cierto es que, si hemos pasado de ser autónomos a una sociedad limitada significa que nuestro proyecto está creciendo y que tenemos proyección a que siga creciendo mucho más. Por ello, delegar estas actuaciones en una gestoría o asesoría, es la opción más recomendable.

“Si has pasado de ser autónomos a una sociedad limitada significa que tu proyecto está creciendo y que tiene proyección a que siga creciendo mucho más. Por ello, delega este trabajo a una asesoría, y preocúpate de lo que de verdad importa.”

Entre estas dos, y para este caso concreto, entendemos que es mucho más completo el servicio que una asesoría puede hacer por tí, que el de una gestoría ya que un asesor puede estudiar el proyecto y encauzar contable, fiscal y jurídicamente, mientras que una gestoría al uso se encarga solamente de gestionar tus cuentas, sin mirar más allá. 

· La digitalización en tu negocio

Te recomendamos contar con un certificado electrónico para que uno o varios representantes de la empresa puedan firmar digitalmente cualquier documento emitido por una administración pública; desde Hacienda y la Seguridad Social hasta entidades municipales. Para solicitarlo tendrás que acceder a la sede electrónica de la Fábrica Nacional de moneda y timbre, donde te explican los pasos a seguir.

Es un método que te ahorrará tiempo y dinero, ya que podrás realizar trámites en seguida sin tener que desplazarte a oficinas físicas.

En cuanto tengas tu certificado digital deberás instalarlo en tu ordenador. Aquí te dejamos un video explicativo de como instalarlo. 

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